Se conoce con el nombre de «COMPOSTELA» la Certificación Oficial que concede el arzobispado o el cabildo de Santiago a aquellas personas que realizan la peregrinación por motivos religiosos (sea o no Año Santo).
Son requisitos para la concesión de la Compostela:
- Recorrer a pie, en bicicleta o a caballo una parte del camino (al menos los últimos 100 kilómetros a pie o 200 en bicicleta o a caballo) y acreditarlo mediante la
Credencial de Peregrino.
- También se obtiene la Compostela al haber recorrido al menos 40 millas náuticas
y realizar la peregrinación a pie desde Padrón a Santiago.
La acreditación del Camino recorrido se efectúa con la Credencial de Peregrino, en la que se van poniendo los sellos o firmas de las parroquias, albergues, refugios o personas representativas de los pueblos por donde transcurre la peregrinación. De no conseguir dicha Credencial podrá suplirse por una carta de nuestra parroquia o por un diario de ruta con las firmas y sellos de cada etapa del Camino.
En Santiago de Compostela la Oficina de Acogida al peregrino está situada junto
a la Catedral, en la Rúa do Vilar nº 1, 1º (horario de 10:00 a 14:00 y de 16,30 a 19:00).
Allí nos pondrán el último sello y nos extenderán la «Compostela».